El Colegio de Abogados de Rosario dictaminó a pedido de CRA-CARSFE sobre la comercialización de la leche cruda.
El Colegio de Abogados de Rosario generó un dictamen, sobre el encuadre jurídico del traspaso de propiedad de la leche cruda.
El Colegio de Abogados de Rosario a través de su departamento de Derecho Agrario, presidido por Luis Facciono, dictaminó a pedido de CRA-CARSFE sobre la comercialización de la leche cruda. El Colegio de Abogados de Rosario generó un dictamen, sobre el encuadre jurídico del traspaso de propiedad de la leche cruda del productor a la industria, definiendo claramente cuáles son las condiciones comerciales para que el traspaso de propiedad de la leche del productor a la industria se ajuste a derecho.
«Este dictamen es una pieza fundamental que confirma que el camino de institucionalización de mercado, que emprendieron las entidades confederadas de CRA, y ahora cuenta con el respaldo académico de una de las instancias más prestigiosas del derecho agrario», se desprende de un comunicado de Confederaciones Rurales Argentinas.
El dictamen deja en claro que la entrega de leche cruda que efectúa el empresario tambero a la industria está enmarcada jurídicamente en el contrato de suministro y en consecuencia le son aplicables las normas del Código Civil y Comercial referidas al mismo.
Por ende, sería aconsejable para las partes involucradas, que a través de sus organizaciones representativas, acordaran la formulación de contratos marco para cubrir esta operatoria.
Estos deberían contener, además de las características típicas de la relación jurídica del suministro, aquellas que son propias de la actividad agraria. Asimismo debería establecerse el precio de referencia o la forma de determinarlo, para brindar seguridad y transparencia al negocio lácteo. El mismo instrumento contractual debería determinar el plazo de pago de las entregas realizadas.
Mientras esto no ocurre, y estando involucrado el interés general en la producción tambera, sería conveniente el dictado de normativa de orden público por parte del Congreso Nacional que le otorgue seguridad económica y jurídica que hagan más atractivas las inversiones en el sector y por consiguiente ayuden al crecimiento del mismo.
Incluso, dentro de las órbitas provinciales, a más de los conocidos intentos de formulación de precios de referencia, podrían aportarse instrumentos, como pueden ser la formulación de contratos tipo, de adopción voluntaria pero con mecanismos que coadyuven a su utilización, como puede ser la exigencia de los mismos para determinadas operatorias o incentivos impositivos, por citar algunos ejemplos.
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