Proponen prohibir las aplicaciones aéreas y distancia de 1.500 metros para las terrestres

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El diputado nacional por el Frente de Todos, Leonardo Grosso, presentó un  en la Cámara baja donde busca prohibir “todas las  aéreas de  y las terrestres, manual o mecánica, de  a menos de mil quinientos (1.500) metros de zonas urbanas, viviendas permanentes, escuelas rurales, asentamientos humanos, plantas apícolas, producción e industrialización de productos animales; ríos, arroyos, lagunas, cursos, espejos, embalses, diques y pozos de agua”.

Los agroquímicos delimitados por el proyecto de Ley son: “aquellas sustancias o mezcla de sustancias destinadas a prevenir, controlar o destruir cualquier plaga, incluyendo las especies no deseadas de vida animal o vegetal, que causan perjuicio o interferencia en la producción, elaboración, transporte o almacenamiento de los vegetales, sus productos y derivados. Se incluyen en esta definición los plaguicidas, herbicidas, defoliantes, desecantes, coadyuvantes y las sustancias reguladoras del crecimiento vegetal o fitorreguladores”.

El proyecto que busca fuerza de Ley está además apoyado por los diputados nacionales: Ayelén Spósito, Gabriela Cerruti, Federico Fagioli, Héctor Bárbaro, Mabel Caparros y Blanca Osuna.

En el Artículo 5° del proyecto se establece que quienes incumplan con la norma “los/as productores/as, propietarios/as, usufructuarios/as, arrendatarios/as, aplicadores/as y/o persona jurídicamente responsable de un inmueble en el cual se apliquen agroquímicos”, serán acusados de “daño ambiental”.

Las penas por dicho incumplimiento están establecidas en el Artículo 8°, y van desde un “apercibimiento”, hasta una multa “entre el 5% y el 50% del valor fiscal del inmueble en el que se haya cometido la infracción”.