Desde este lunes, los damnificados podrán gestionar y completar el formulario de manera on line. De esta manera obtendrán financiamiento, entre otras medidas impositivas.
Los productores de Santa Fe en condiciones de acceder a los beneficios del decreto que declaró la emergencia agropecuaria por la sequía ya se encuentran en condiciones de completar vía internet un formulario de declaración jurada a través del portal del gobierno provincial.
El Ministerio de la Producción, a través de un comunicado, indicó que desde este lunes los productores pueden acceder al trámite, al que deberán anexar toda la documentación respaldatoria.
Los beneficios contemplados en la norma hacen eje en cuestiones impositivas y de financiamiento, entre otras cuestiones.
El formulario será tomado como base para la emisión del certificado en caso que corresponda, a cargo del Ministerio de la Producción.
Además, el trámite podrá realizarse hasta el 30 de junio próximo de manera gratuita en los municipios y las comunas correspondientes a las zonas afectadas o enviando el formulario completo a las sedes del Ministerio de la Producción en la ciudad de Santa Fe (bulevar Pellegrini 3100) o Rosario (Mitre 930, piso 3).
Las comunas y municipios deberán remitir las declaraciones juradas a la Mesa de Entrada de Emergencia Agropecuaria, en la planta baja del Ministerio de la Producción, en la ciudad de Santa Fe.
Según la ministra de la Producción, Alicia Ciciliani, para esta emergencia se ha realizado un importante trabajo de modernización del Estado.
“Implentamos un proceso innovador que disminuye la cantidad de papeles a presentar por parte del productor, para que sea más dinámica la obtención del certificado de emergencia agropecuaria. Se trata de un trámite más ágil que simplifica los pasos necesarios para acceder al beneficio”, aseguró la funcionaria.
El decreto 642/2018 firmado por el gobernador Miguel Lifschitz y la ministra Ciciliani establece la emergencia y/o desastre agropecuario, desde el 1 de febrero de 2018 hasta el 31 de julio de 2018, para las explotaciones agropecuarias afectadas por la sequía, ubicadas en la totalidad de los distritos de los departamentos 9 de Julio, San Cristóbal, Las Colonias, Castellanos y San Justo.
La norma también alcanza a los distritos de Calchaquí, Malabrigo y La Gallareta, del departamento Vera; Reconquista, Berna, El Arazá y Nicanor Molina, del departamento General Obligado; Nelson, Cabal y La Emilia, del departamento La Capital; Maciel, Pueblo Irigoyen, Casalegno, Estación Díaz y Gessler, del departamento San Jerónimo; Arminda, Ibarlucea y Alvear, del departamento Rosario; Luis Palacios, del departamento San Lorenzo; Carrizales, del departamento Iriondo; y Godoy y Cepeda, del departamento Constitución.
Por Télam Agropecuario